El uso generalizado de las Medios Tecnológicos, la digitalización mayoritaria de las organizaciones y el contacto inmediato entre la empresa y la persona trabajadora mediante recursos digitales ha hecho que la línea entre jornada laboral y tiempo personal se difumine extremadamente.
A raíz de este nuevo entorno laboral, aparece el Derecho a la desconexión digital y, consecuentemente, la obligación por parte de todas las organizaciones a elaborar e implementar un plan o protocolo de desconexión digital, aunque ya cuente con acuerdos de trabajo a distancia, ya que éste no es más que una parte del contenido del plan.
Se considera desconexión digital la limitación al uso de las tecnologías de la comunicación fuera del tiempo de trabajo con el fin de garantizar el respeto del tiempo de descanso, permisos, vacaciones, bajas por enfermedad, etc.
El objetivo es potenciar el derecho a la conciliación de la vida laboral, personal y familiar, evitando la presión que supone recibir información laboral fuera del horario laboral.
Se trata, en definitiva, de un derecho reconocido a las personas trabajadoras limitando el uso de las comunicaciones una vez finalice su jornada laboral.
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